INMINENTE DESALOJO EN EL FUNDO ACACOLLO
0Cerrando una larga disputa en la cancha judicial, la Municipalidad de Mariscal Nieto, venció por tercera vez (y por goleada) al camarada Salomón Gonzaga Apaza Yucra, quien hace más de cinco años invadió el fundo Acacollo liderando a 137 comerciantes.
A mediados de 2018, tras conocer la nulidad alcanzada en la Corte Suprema, Salomón y su asesor legal Panchito Flores Mita celebraron con bombos y platillos, promoviendo una fiesta en Acacollo, donde a los comerciantes los hicieron bailar, cantar, reír, aplaudir y vivar.
HECHOS RESUMIDOS
El 17 de junio de 2013, el alcalde Alberto Coayla Vilca, sin acuerdo de concejo, emite el Oficio 262-2013-A/MPMN, solicitando al dirigente Salomón Gonzaga Apaza Yucra la reubicación de los comerciantes del mercado hacia el fundo Acacollo, originando que el 31 de agosto del mismo año, 137 comerciantes ingresen al terreno, lo dividan y se repartan los puestos.
El 31 de agosto de 2013, la ex-regidora Sandra Gonzales Gómez, denuncia a los ocupantes por usurpación. El 05 de septiembre de 2013, con Acuerdo de Concejo Nº 026, dejan sin efecto el Oficio 262, disponiendo el retiro de los ocupantes. El 09 de septiembre de 2013, con Carta Nº 083, el alcalde deja sin efecto el Oficio 262, otorgando 72 horas para que desocupen el fundo, bajo apercibimiento de accionar legalmente.
EL DESALOJO
El 15 de abril de 2016, el juez del 2° Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, con Resolución N° 030, declara fundada demanda de desalojo por ocupante precario contra Salomón y el SUCMMAM, disponiendo que entreguen el terreno municipal de 10 mil 14.58 metros cuadrados y un perímetro de 460.37 metros lineales.
Habiéndose formulado apelación contra la sentencia de primera instancia, el 05 de octubre de 2016 la Sala Mixta de Mariscal Nieto emite la Resolución N° 39 confirmando en todos sus extremos la resolución del juez.
La demandada interpone recurso de casación, logrando que la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema anule la sentencia de la Sala Mixta, ordenando nuevo pronunciamiento. Enterados de la nulidad, Salomón Apaza y Panchito Flores luego de cantar victoria y reventarse cohetes en Radio Americana, terminaron celebrando, bailando, aplaudiendo, vivando y cantando en Acacollo.
LA APELACIÓN
En su recurso de apelación, la parte apelante aduce: 1) Fue notificado en el local del SUCMMAN y no en el fundo Acacollo. 2) No existe informe pericial que determine el área a restituir. 3) No se valoró el Oficio 046 del jefe de Defensa Civil otorgando 72 horas para la reubicación. 4) Se trata de una reubicación temporal por razones de seguridad.
SENTENCIA DE VISTA
El 03 de agosto de 2018, con Resolución N° 44, la Sala Mixta de Mariscal Nieto (atendiendo lo resuelto por la Sala Suprema) confirma por segunda vez la sentencia de desalojo por ocupante precario contra el SUCMMAM, ordenando que la demandada entregue el fundo Acacollo a su propietario (MPMN), en base a los siguientes argumentos:
1) La municipalidad acreditó su derecho de propiedad sobre el fundo Acacollo, inscrito a su nombre en Registros Públicos.
2) No existe prueba que acredite la existencia de una relación contractual entre las partes sobre el terreno en cuestión.
3) Son ocupantes precarios, porque carecen de título, puesto que el Oficio 262-2013 feneció con los Acuerdos de Concejo 026 y 027 de 2013 y las correspondientes cartas de desalojo.
4) Los actos administrativos que cancelaron los efectos del Oficio 262-2013, no fueron impugnados judicialmente por la demandada.
5) El Oficio 046-2013 mediante el cual el jefe de Defensa Civil otorga 72 horas para la reubicación, no es suscrito por el representante legal de la municipalidad.
6) No hay defecto de notificación, ni perjuicio porque los demandados conocieron del proceso desde el 18-12-2013, habiendo contestado la demanda y ejercido su defensa.
LA SUSPENSION.- Sobre el pedido de suspensión del caso planteado por la demandada (aduciendo que hay otro proceso contencioso administrativo donde se pretende la nulidad de los actos que dejaron sin efecto el Oficio 262-2013), el juez de primera instancia lo declaró improcedente, siendo también confirmado por los jueces de la Sala Mixta.
CONDENADO
El alcalde que firmó el Oficio 262-2013 cumplió una pena de año y ocho meses, inhabilitación por el mismo tiempo y el pago de 6 mil soles como reparación civil, por firmar y emitir un documento, sin acuerdo de concejo, vulnerando el artículo 59 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
JUGADA DE SALOMÓN
Para ganarle más tiempo al tiempo, asesorado por Francisco Édgar Flores Mita y con la aparente venia del candidato Abraham Ponce Sosa, el famoso Salomón interpuso nuevo recurso de casación, esperando convertirse en regidor el 07 de octubre y luego apropiarse de Acacollo, aplicando la ley del más vivo.
FUENTE: PERIODICO EL ROTATIVO.